Registro de Marcas
Gestión de todos los trámites sin invertir tiempo
El registro de marcas es una decisión inaplazable dentro de cualquier emprendimiento. Pese a lo engorroso del trámite, obviar esa gestión puede ser la diferencia entre alcanzar el éxito o el fracaso y muestra de ello es el caso del empresario español Amancio Ortega.
El registro de marca confiere protección legal. Garantiza exclusividad e impide que terceros puedan ofrecer productos o servicios similares, a tal punto, que generen ambigüedad o confusión en el mercado.
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¿Qué es una marca y para qué sirve el registro?
En líneas generales se entiende por marca a cualquier palabra o diseño gráfico (generalmente un logo) que permita diferenciar a un producto o servicio del resto.
Son como las huellas dactilares o el ADN.
Gracias a las legislaciones existentes en todo el mundo, no hay dos marcas iguales y pueden ser sinónimo de calidad o ausencia de la misma.
Adicional, son parte vital en el proceso de branding o mercadeo. Un error garrafal sería realizar campañas publicitarias e invertir capital en una marca que no ha sido registrada y que, en consecuencia, no nos pertenece.
Muchas personas en el momento de emprender suelen confundir los términos de marca, patente, nombre comercial y razón social.
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definición de Términos de Marca
La Razón Social
Figura jurídica bajo la cual se crea una empresa. Se tramita ante el Registro Mercantil mediante un documento constitutivo dentro del cual se detalla, de forma explícita, el nombre de la compañía.
Nombre comercial
Es el signo o denominación que identifica a una empresa en el tráfico mercantil y que sirve para distinguirla de las demás. Un ejemplo claro sería la empresa como nombre comercial "GRUPO INDITEX" que representa a la marca entre otras de ropa "ZARA"
La Marca
Es el signo por excelencia y sirve para diferenciar en el mercado unos productos o servicios de otros, por lo que sirve para diferenciarnos de nuestros competidores, siguiendo con el ejemplo anterior, la marca de ropa del grupo Inditex sería "ZARA".
En resumen, el registro de una marca -según explica la OEPM en su portal web- es un título que confiere exclusividad para usar un signo distintivo que identifique a determinado producto o servicio. Se consideran marca a cualquier palabra, la combinación de palabras, imágenes, símbolos, figuras, letras, números y formas tridimensionales (envases, paquetes, formas, etc).
Utilidad a la hora de registrar una marca
Al registrar una marca se obtienen herramientas legales para actuar frente a terceros, evitando de este modo que se comercialicen productos o servicios idénticos o similares a los nuestros que puedan generar ambigüedad o confusión en el publico final.
No es una decisión que se deba subestimar o postergar, la gestión se puede realizar de manera presencial o telemática, ante la OEPM (Marca Nacional), la EUIPO (Marca Comunitaria) o la WIPO (Marca Internacional), pudiendo hacerlo cualquiera (persona natural o jurídica) directamente o a través de un profesional contratado para tal fin.
El trámite, de no tener ninguna desavenencia, suele tardar de siete a ocho meses, en las Marcas Nacionales o en las Marcas Comunitarias, en lo que respecta a las Marcas Internacionales depende de la legislación de cada país en el que se solicite.
Se trata de un proceso asequible, que se efectúa muy esporádicamente y evita muchos quebraderos de cabeza
¿Por cuánto tiempo se registra una marca?
El registro de una marca, así como el de los nombres comerciales, tiene una vigencia de 10 años a partir del momento en que se solicita, pudiendo renovarse de manera indefinida por el mismo periodo de tiempo.
Si el registro de una marca no es renovado, queda libre para ser solicitado por un tercero, quien podrá valerse del trabajo previo hecho sobre esa marca.
Aunque las Oficinas de Registro OEPM, EUIPO y WIPO, nos deben de notificar anticipadamente el vencimiento de nuestro registro, lo mejor es delegar la gestión a un tercero, quien estará al tanto de dicho vencimiento y actuará de manera oportuna.
En tal sentido, existen varios tipos de marca
Denominativas
Emplea letras, palabras, números estándares, sin grafismos o colores.
Gráficas
Son lo opuesto a las marcas denominativas. Se representan con un dibujo, grafico o logotipo.
Mixtas
Como bien lo dice su nombre, son una combinación de varios elementos (letras, palabras, números, signos, dibujos o diseños).
Tridimensionales
Se refiere a los recipientes, envoltorio o a la figura que caracteriza a un producto.
Sonoras
Eslóganes, jingles y cualquier sonido que pueda ser representado gráficamente (notas, partituras u onomatopeyas).
Marca Nacional - Registro en España
La Marca y Nombre Comercial Español te otorgan protección en todo el territorio y se solicita en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), el tiempo de duración para ambos es de 10 años renovables.
La marca es el signo o denominación que distingue en el mercado los productos o servicios de una empresa, su función es la de diferenciar en el mercado unos productos o servicios de otros idénticos o similares, por lo que nos servirá para diferenciarnos de nuestros competidores.
El Nombre Comercial es el signo o denominación que identifica a una empresa en el tráfico mercantil y que sirve para distinguirla de las demás empresas.
También debes saber que la marca es el signo distintivo por excelencia y que lo puedes extender internacionalmente, en cambio con el nombre comercial no puedes solicitar esta extensión, tendrías que pedirlo país por país.
Marcas Comunitarias
La Marca Comunitaria te confiere protección en los Estados miembros de la Unión Europea, y se solicita en la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), realizándose el tramite en una única solicitud.
El proceso es similar al nacional y la duración es de 10 años renovables, si tienes algún tipo de duda nosotros te asesoramos.
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Marcas Internacionales - Sistema de madrid
La Marca Internacional siempre debe estar basada en una solicitud (Protocolo de Madrid) o registro (Arreglo de Madrid) en el país de origen, el proceso es diferente a los anteriores, se compone de tres fases, una primera ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), otra ante la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI-WIPO), y otra ante la Oficina de cada país solicitado.
El importe depende de los países y el tipo de marca a solicitar, la protección se puede ampliar posteriormente a cualquier país miembro con una solicitud de extensión territorial, la duración de esta marca es de 10 años renovables.
Consúltanos cualquier duda que tengas, estaremos encantados de ayudarte a tomar la mejor decisión y la estrategia a seguir.
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Preguntas Frecuentes de registro de marcas
Qué importancia tiene el nomenclátor en una marca
Clasificación de Niza – ÚLtima Edición
Viabilidad para registrar una marca
Registrar una marca no es soplar y hacer botella. Hay muchos motivos por los que la OEPM puede rechazar una inscripción.
No se pueden registrar olores, sensaciones, sabores o elementos sonoros que no se puedan representar gráficamente. Tampoco se puede solicitar como signo distintivo la forma tridimensional propia de un producto.
De igual manera – y por razones obvias- quedan vetados elementos opuestos a la ley, el orden público y las buenas costumbres. Así como también aquellos que pueden generar confusión a las personas.
No serán admitidos, sin previa autorización, copias fidedignas o semejantes de escudos, banderas, himnos o emblemas propios de los municipios, provincias, comunidades autónomas o el Estado español.
La OEPM también rechaza el uso de palabras genéricas o específicas de los productos o servicios a los que se destine la marca (no se puede registrar el término “Cine” como marca para un establecimiento destinado a la proyección de películas) y aquellas que se emplean usualmente en la descripción de un determinado producto (probablemente no se pueda usar la palabra “malvasía” para una marca de vinos) o engrandezcan sus bondades (increíble, excelente, inigualable, etc).
Finalmente hay que tener mucho cuidado con que el signo distintivo que se pretende solicitar no esté en uso por alguien más o que pueda generar confusiones o discrepancias con otras marcas.
Lo mejor es, sin lugar a dudas, contratar un estudio de viabilidad para identificar antecedentes de registros nacionales, comunitarios o internacionales que pueden guardar similitud con la marca que se pretende reclamar como propia.
Delegar ese trabajo a expertos ahorra tiempo y errores que puedan significar un daño irreparable para la marca.
¿Dónde se publica el registro de una marca?
En el caso de marcas nacionales se debe recurrir al Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI) que quincenalmente publica la OEPM en su portal Web. (www.oepm.es)
El BOPI es el único medio con que cuenta la OEPM para anunciar todos los trámites administrativos (solicitudes, notificaciones y resoluciones) asociados a marcas, signos distintivos, patentes y diseños industriales.
La OEPM cuenta con un apartado en su web (http://historico.oepm.es/bopi.php) desde donde se pueden visualizar, en formato PDF, todos los BOPI publicados desde 1886.
Por otra parte, en el caso de marcas comunitarias, está disponible el CTM Bulletin a través de la web de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea. (https://euipo.europa.eu/ohimportal/es/home)
Una vez que los registros son anunciados en el BOPI o el CTM Bulletin, comienza un plazo, de dos meses para las marcas nacionales y tres meses para las marcas comunitarias, durante el cual cualquiera puede oponerse a una determinada gestión. De no surgir ningún contratiempo, la OEPM o EUIPO conceden o niegan la solicitud.
En lo referente a las marcas internacionales las publicaciones son en WIPO Gazette, pero las marcas también deben de ser publicadas en las oficinas de los países solicitados y los plazos son en base a dichos países.
¿Me han concedido mi marca qué pasa ahora?
Una vez es aprobado el registro de un signo distintivo, la OEPM o la EUIPO nos hace llegar al solicitante, a través de una dirección URL, una copia digital del título, la WIPO irá enviando el titulo o notificación de concesión correspondiente a cada país solicitado.
En caso de contratar el servicio de una empresa especializada en la gestión de marcas, lo más probable es que ellos se ocupen de todo el tramites en un periodo de tiempo no mayor a las 48 horas.
¿Hay una incidencia en la solicitud, qué tengo que hacer?
Existen muchos motivos por los que una solicitud puede irse a “pique”. Desde una exigencia de la OEPM para subsanar errores, hasta un manifiesto de desapruebo hecho por un tercero.
Lo cierto es que revertir una incidencia puede ser una misión titánica para alguien inexperto. Generalmente la persona asociada al tramite impugnado tiene la oportunidad de enmendar el fallo o defender su postura. En caso de no lograr el visto bueno de la OEPM, el registro es denegado y solo queda recurrir a un recurso de alzada.
Mas redactar un recurso de alzada no es tarea sencilla; lo mejor es contar con el respaldo de un jurista experto en materia de marcas, patentes y diseños industriales, para que sea él quien actúe ante el órgano rector.
La OEPM pone a disposición en su web (aunque también te lo dejamos aquí https://sede.oepm.gob.es/eSede/comun/Formularios_web/Formulario_de_interposicion_de_recursos.pdf) el modelo de recurso de alzada que debemos rellenar. En el documento, además de aportar los datos solicitados, se deben formular, detallada y astutamente, todos los alegatos que sustenten nuestra postura.
Finalmente, hay que pagar una tasa en las arcas de la OEPM. La buena noticia es que, en caso de que nuestros argumentos resulten convincentes, ese dinero será devuelto.
Con respecto a la EUIPO aunque el procedimiento es parecido a la OEPM en los suspensos recaídos sobre el expediente, se pueden dar varias formulas para proceder a subsanar los errores o las objeciones presentadas por un tercero.
Las marcas internaciones a través de la WIPO nos hará llegar las objeciones presentadas por el país objeto y nos indicará lo que se tiene que hacer para corregirlos.
Servicio de vigilancia de una marca
A estas alturas puede que estés pensando que registrar tu marca requiere de mucho tiempo y esfuerzo, porque incluso una vez aprobada queda estar atento ante posibles modificaciones, plagios, copias, cambios en la Clasificación Niza y renovaciones.
Mas para todo hay una solución y en este caso resulta muy efectivo contratar un Servicio de Vigilancia de Marca que se ocupe de detectar y subsanar cualquier incidencia desfavorable.
Un Servicio de Vigilancia de Marca incluye, a groso modo, el monitoreo constante del expediente en publicaciones,-en el BOPI en instancias nacionales (OEPM), y en el CTM Bulletin de la Unión Europea (EUIPO.
Aunado a ello, también se ocupan de la detección temprana de nuevos registros o signos distintivos similares que puedan generar ruido o conflicto. Para ello cuentan con un equipo legal que actúa, dentro de los plazos estimados, para detener la nueva solicitud.
La normativa vigente requiere que sea el titular de la marca registrada el que interponga oposición ante un registro lesivo a sus intereses, por lo que una marca registrada que no cuente con el servicio de vigilancia queda expuesta.
Renovación de una marca de manera correcta
Una marca mientras más antigua es, resulta más valiosa. Se asume que si perdura en el tiempo es porque resulta exitosa, de gran trayectoria y calidad. Adicional, para la OEPM la longevidad viene acompañada de embestidura jurídica. Al momento de interponer un reclamo, un registro antiguo tendrá mayor peso que uno novel.
En tal sentido, tramitar la renovación de un registro es crucial por motivos económicos y legales. Lo correcto es hacerlo seis meses antes de que expire el título de exclusividad. Se trata de un trámite sin recargo alguno que se puede efectuar vía telemática.
Recordemos que los registros de marcas y nombres comerciales tienen una vigencia de 10 años a partir de la fecha en que se efectúa la solicitud (no se debe confundir con la fecha de aprobación).
Si el titular – por cualquier motivo- deja trascurrir el tiempo legal; aun dispone de un periodo de gracia que se prolongará por seis meses más, pero queda sujeto a aranceles extras, por lo cual no es aconsejable, aparte de que corre el riesgo de perder su marca y la trayectoria de la misma.
Si la renovación de una marca coincide con un día no laboral, se postergará hasta la fecha hábil próxima. Si un registro vence un domingo, el sistema informático de la OEPM lo postergará para el lunes siguiente.
En si registrar y renovar una marca es una gestión llena de detalles minuciosos que no se pueden pasar por alto. Existen personas que se dedican profesionalmente a actuar ante instancias naciones e internacionales asociadas con la propiedad intelectual, y son ellos los mejor formados para garantizar un trámite exitoso.
Si deseas consultar cómo se realiza una renovación de marca pulsa aquí.